CANARIASVENEZUELA

miércoles, 21 de enero de 2009

EEUU ANUNCIA RESTRICCIONES A BUQUES PROCEDENTES DE VENEZUELA


Según el servicio especializado portworld, la Guardia Costera de los Estados Unidos anunció hoy restricciones a los buques que provengan de Venezuela, después de determinar que los puertos en Venezuela no tienen medidas antiterroristas efectivas.
¿Cuáles son esas restricciones?
Entrarán en vigencia a partir del viernes 23 de enero de 2009 y aplicarán a todos los buques que atracaron en puertos venezolanos en al menos una vez en sus últimos cinco atraques.
1. Los buques deben implantar medidas de seguridad en cada uno de ellos según el Security Level 2 mientras están en puertos venezolanos.
2. Los buques deben resguardar cada punto de acceso a la nave, y que los guardias tiene visibilidad total del exterior del buque, tanto del lado al muelle como el del mar, mientras el buque esté en puerto venezolano.
3. Los guardias deben ser proporcionados por la tripulación de la nave, sin embargo, miembros adicionales deberán proveerse para garantizar que se observan los límites máximos de horas de trabajo por jornada. También el personal de seguridad podría ser suministrado por fuerzas de seguridad externas, previamente aprobadas por el Capitán del buque y del oficial de seguridad de la empresa propietaria.
4. Los buques deber hacer una Declaración de Seguridad mientras estén en el pais.
5. Todas las acciones de seguridad deben ser anotadas en el diario del buque.
6. Debe informarse al Servicios de Guarda Costas de Estados Unidos de todas las acciones de seguridad ejecutadas antes de entrar a las aguas de EEUU.
Basado en los resultados de un abordaje o examen, la Guardia Costera de EEUU podría requerir que todos los accesos del buque sean resguardados por servicios de seguridad privados y que los guardias tengan visibilidad total a ambos lados de la nave mientras están en puertos estadounidenses.
El número y posición de los guardias, deben ser aprobados por la Guardia Costera de EEUU previamente a la llegada del buque a puerto.
Estas restricciones entran en vigencia el 23 de enero de 2009 y los procedimientos descritos deben ser ejecutados por los buques que estén en un puerto venezolano para esa fecha o que llegue a un puerto venezolano después de esa fecha.


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